La Ley del Impuesto Sobre la Renta contempla una deducción que puede transformar por completo el análisis financiero de un proyecto de energía solar desde el primer año de operación.
Conoce qué dice el artículo 34 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
El artículo 34, fracción XIII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que la maquinaria y equipo destinados a la generación de energía a partir de fuentes renovables se pueden deducir al 100% en un solo ejercicio fiscal. Esto incluye paneles, inversores, estructura de montaje e instalación de un sistema fotovoltaico industrial.
A diferencia de la depreciación tradicional de activos fijos, que reparte el costo en varios años, esta deducción permite aplicar el 100% del gasto a tu base gravable en el mismo año, en lugar de repartirlo en varios ejercicios.
Tres datos clave del beneficio
¿Cuánto puedes ahorrar en ISR con esta deducción?
Para ilustrar el mecanismo, imagina que tu empresa necesita invertir $3,000,000 MXN en infraestructura para reducir su gasto energético. El tipo de equipo que elijas cambia por completo el tratamiento fiscal de esa inversión.
Este ejemplo usa cifras ilustrativas para explicar el mecanismo. El beneficio fiscal exacto depende de la situación particular de cada empresa y debe validarse con su asesor fiscal.
Descubre cuánto bajaría tu recibo de CFE con energía solar y cómo se combina ese ahorro con este mismo beneficio fiscal, con datos reales por tarifa y tamaño de consumo.
Leer artículo completo¿Qué se necesita para aplicar la deducción?
- CFDI: contar con el comprobante fiscal de la inversión a nombre de la empresa, con el RFC y la descripción correcta del equipo
- Uso exclusivo: destinar el equipo exclusivamente a la generación de energía a partir de fuentes renovables
- Permanencia: mantener el sistema en operación durante un mínimo de 5 años inmediatos posteriores al ejercicio en que se aplicó la deducción
Si el sistema deja de operar antes de ese plazo, la empresa debe cubrir el impuesto correspondiente a la diferencia entre lo deducido y lo que debió deducirse cada año, salvo los casos de caso fortuito o fuerza mayor que contempla el artículo 37 de la misma ley.
¿Qué sistema le conviene a tu planta?
El beneficio fiscal aplica sin importar la configuración del sistema, pero la configuración sí determina qué tanto resuelve el proyecto para tu operación.
Un sistema de solo paneles solares genera energía limpia en sitio y reduce el gasto de CFE desde los primeros meses. Es la opción con menor inversión inicial y funciona bien para plantas sin problemas de continuidad eléctrica, donde el objetivo principal es el ahorro.
Entiende a fondo cómo funciona un sistema fotovoltaico, qué tipos de paneles existen y qué dice la regulación vigente en nuestra guía completa.
Leer guía completaUn sistema de paneles solares con almacenamiento (BESS) suma respaldo energético a la generación solar. Además del ahorro en CFE, evita microcortes y apagones, y mantiene la operación de líneas de producción críticas incluso ante fallas de la red. Es la opción que más se justifica en plantas donde una interrupción eléctrica representa pérdidas directas de producción.
La decisión entre una u otra configuración depende del consumo real de la planta, del historial de interrupciones eléctricas y del retorno esperado.
Por eso, antes de presentar cualquier propuesta, en EMMI realizamos un estudio técnico personalizado. Nuestros expertos podrán realizar un análisis con datos reales de consumo de la planta y determinar qué combinación de equipo, modalidad de financiamiento y estructura fiscal conviene a cada empresa.
Ese estudio es también donde se junta todo el análisis financiero completo: el ahorro mensual en CFE, los beneficios fiscales asociados y el retorno de inversión proyectado.
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